Se suspenden todas las actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas y de ocio nocturno
de Sinestesia.
(Art 7 – RESOLUCIÓN SLT/1746/2020, de 17 de Julio)
Se limita la actividad de bar de Sinestesia de la siguiente forma:
– Aforo limitado
– El consumo se tiene que realizar siempre en mesa
(Art 8 – RESOLUCIÓN SLT/1746/2020, de 17 de julio)
– Se prohíben los encuentros y reuniones de más de diez personas
(Art 5 – RESOLUCIÓN SLT/1746/2020, de 17 de julio)
Siguen obligatorias las medidas de prevención sanitarias: distanciamiento físico, higiene de manos, uso de mascarillas.